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Creativas acciones contra deudores alimentarios

El Código Civil y Comercial permite a los jueces imponer al incumplidor medidas “razonables” para asegurar el cumplimiento de las sentencias. El recurso se torna necesario cuando los modos de ...

El Código Civil y Comercial permite a los jueces imponer al incumplidor medidas “razonables” para asegurar el cumplimiento de las sentencias. El recurso se torna necesario cuando los modos de ejecución alimentaria tradicionales – embargo, inhibición general de bienes– fracasan por falta de bienes conocidos, ocultamiento doloso de ingresos, entre otras maniobras recalcitrantes.

Algunos recursos no tradicionales han sido la anotación en el registro de deudores alimentarios, impedir la obtención del pasaporte, o presentarse a licitaciones, la prohibición de ingresar a su club o viajar al exterior, retirar la licencia de conducir u otras que la imaginación de magistrados y abogados propongan y el caso aconseje.

En un reciente caso novedoso, un juez de paz, además de retirar la licencia de conducir al moroso, ordenó inscribirlo en el Veraz, impidiéndole operar en el sistema financiero nacional. En otro, ante la imposibilidad de lograr compeler al deudor a cumplir y teniendo en cuenta que contaba con servicios de agua potable, que brinda la Comisión Vecinal de Saneamiento de Saladas, y el suministro de energía eléctrica, un juez correntino dispuso que en las facturas de esos servicios se incluyera un cargo para ir cobrando parte de la deuda alimentaria.

Toda forma de ejecución forzada de un crédito esencial como es el alimentario debe ser bienvenida, pero debe ejercerse con prudencia para evitar ahogar al deudor impidiéndole generar los recursos para su subsistencia y atender su obligación, imposibilitándolo de producir y cumplir.

La situación recuerda una época judicial pretérita cuando se privaba al deudor alimentario del derecho a ver a sus hijos hasta que no pagara su deuda con ellos, pero luego, con razón, se advirtió que se estaba perjudicando a los niños, quienes necesitaban de la presencia de su padre.

Abogados, jueces y auxiliares de Justicia deberán extremar los recaudos para lograr el cumplimiento de tan fundamental obligación, sin generar un perjuicio mayor al que se quiere evitar.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/editoriales/creativas-acciones-contra-deudores-alimentarios-nid23092023/

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