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Impuesto a las Ganancias en Neuquén: la Justicia Federal rechazó el pedido de ATE para su anulación.

Los estatales de Neuquén habían pedido la nulidad de un capítulo de la ley que los obligaba a pagar el impuesto. La Justicia consideró que no tiene competencias.

Impuesto a las Ganancias en Neuquén: la Justicia Federal rechazó el pedido de ATE para su anulación.

Los estatales de Neuquén habían pedido la nulidad de un capítulo de la ley que los obligaba a pagar el impuesto. La Justicia consideró que no tiene competencias.

La Justicia Federal rechazó la acción de amparo que había pedido el gremio de estatales ATE de Neuquén en relación a la suspensión del cobro del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores neuquinos.

En un despacho firmado este 18 de septiembre en el Juzgado Federal de Zapala, el juez Hugo Horacio Greca resolvió que el gremio no tenía la legitimidad para solicitar la nulidad absoluta del título V de la Ley 27.743. Tras los considerandos, el letrado resolvió "declarar la falta de legitimación activa de la Asociación de Trabajadores del Estado y rechazar la medida cautelar solicitada y la acción de amparo interpuesta".

Entre los argumentos, señaló que ATE no tienen la competencia para interceder ante las decisiones del Congreso y que, de fallar a favor, la medida cautelar complicaría la distribución de los recursos del Estado nacional, así como la percepción de la renta pública.

El texto del expediente indica que "la medida cautelar pretendida, en caso de que fuera concedida afectaría gravemente la percepción de la renta pública y el interés estatal de asegurar el efectivo cumplimiento de las prescripciones legales que rigen en materia de impuesto a las ganancias en los términos del art. 13 inc. d) de la Ley N° 26.854. Que, suspender los efectos de la Ley Nº 27.743 importaría una grave y directa afectación en la distribución de sus recursos presupuestarios del Estado Nacional"

Y agrega que la medida "se traduciría, a su vez, en una intromisión inadmisible en las competencias propias, exclusivas y excluyentes del Poder Legislativo Nacional".

 

Fuente: Lm Nqn

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