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La Constitución les cerró el paso a líderes “eternos”

Aun en este caos pasan cosas positivas. La principal es que la Constitución está resucitando, aunque en algunos aspectos medulares para la gente aún falte mucho camino por recorrer.La Cor...

Aun en este caos pasan cosas positivas. La principal es que la Constitución está resucitando, aunque en algunos aspectos medulares para la gente aún falte mucho camino por recorrer.

La Corte Suprema empezó a aplicar a la actividad política no solo la segunda parte de la Constitución, o sea la que organiza, empodera y limita a los poderes del Estado; mucho más importante es que aplica la primera parte, que contiene las declaraciones, derechos y garantías que protegen a todos los habitantes.

Es un desafío a esos principios que varias provincias, muchos municipios, casi todos los sindicatos y hasta ciertas universidades públicas estén sometidos a caudillos o grupos dominantes que, al controlar las estructuras y el presupuesto, dominan con dinero, dádivas y hasta miedo a sectores de sus poderes judiciales, a votantes y a entes de control. Violan así la división, temporalidad y limitación del poder que es la esencia de la Constitución.

Los jueces supremos han avanzado sobre esta rémora medieval

Los problemas argentinos no son climáticos ni culturales, raciales o religiosos. Hay un chiste en el que San Pedro le dice a Dios que no debe darle tanto a un solo país, a lo que el Creador responde: “No te preocupes, pondré argentinos”. Figura en un libro escrito hacia 1890 por Carlos D’Amico.

Nuestro drama es el sistemático olvido de las libertades individuales y de nuestras garantías, que ha sido aprovechado por un grupo de ciudadanos encaramados al poder en entes públicos, estatales o no, convertidos en fortalezas inexpugnables. Detentan el poder durante décadas, como un bien ganancial y hereditario.

La Corte Suprema ha avanzado progresivamente sobre esa rémora medieval. Los casos de Santiago el Estero, Río Negro, La Rioja, Tucumán y San Juan, en los que ha limitado la posibilidad de reelección, marcan un rumbo que ojalá alcance a las dinastías de San Luis, Formosa y tantísimos municipios, sindicatos y a otros entes públicos que son una burla al republicanismo.

El sistema republicano ha sido ideado para proteger a los ciudadanos

Ojalá que otros valientes se atrevan a cuestionar a los caudillos que los someten. Porque hay que ser valiente para enfrentar con solo la Constitución a gobernadores, intendentes y secretarios generales que no tienen límite para mantenerse en el poder.

Hay obstáculos graves, impensables hace 50 o 100 años, pero frecuentes en la actualidad. Matrimonios que se turnan en el ejercicio del poder, líderes incapaces de retirarse e hijos con ínfulas principescas que reciben su poder de reyes ilegítimos.

Dar respuesta a esto requerirá aplicar la Constitución con el mismo dinamismo histórico que habilitó la capacidad nupcial de los divorciados mediante la revolucionaria interpretación de la Constitución adoptada por la Corte en el caso Sejean, en 1986.

Fayt lo dijo claramente: “No pueden escapar a la percepción de los jueces las transformaciones en la sensibilidad y en la organización de la sociedad, directamente relacionadas con la condición y naturaleza humana.”

La Corte Suprema no puede actuar en abstracto: solo puede dictar sentencias. Fue la ambición desmedida de algunos gobernadores lo que habilitó la intervención de la Corte, y al fin sus atropellos pudieron ser juzgados.

Como señala Claudio Savoia, la insistencia de Uñac permitió que la Corte dictara una sentencia en el caso San Juan que llega al meollo de las re-re-elecciones. Algo similar sucedió hace más de medio siglo en Estados Unidos, donde a ningún presidente se le ocurrió la re-re elección hasta Roosevelt, y entonces se hizo necesario prohibirla.

Los jueces Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda dejaron en claro que el equilibrio entre los valores del federalismo y el republicanismo obliga a la prudencia; pero, como ha dicho el Papa Francisco, esa prudencia no puede llegar a la pusilanimidad que implicaría convalidar comicios que violan la Constitución.

En su voto individual, Carlos Rosenkrantz fue mas allá y señaló que las autonomías provinciales deben respetar plenamente las declaraciones, derechos y garantías que establece la Constitución, entre los que se destacan la sustancial división de poderes, la periodicidad de los mandatos y alternancia en el poder.

Con la energía jurisdiccional por la que clama Vanossi hace décadas, el juez Rosenkrantz ha dicho bien que la potestad provincial de organizar libremente sus instituciones no es absoluta y no puede justificarse la eternización en el poder por el mero hecho de ser votado. La reelección indefinida viola el artículo 5 de la Constitución. Agregó que tampoco tendría sentido impedir por completo las reelecciones, porque sería el exceso inverso.

Esa racionalidad, ecuanimidad y sentido común son virtudes que muchas veces faltan en nuestra jurisprudencia.

La Corte nos desafía a salir de la teoría tan confortable en que algunos jueces y juristas pasan sus vidas. La historia argentina es ya lo suficientemente larga y demuestra con hechos públicos y notorios que la perpetuación de los poderosos ha sido una de las prácticas más resistentes contra los esfuerzos de nuestro republicanismo. Dejemos de fingir que eso no ocurre.

No se trata solo de la perpetuación en el poder sino de sus efectos: es una verdad comprobada desde hace miles de años que el poder corrompe y que el poder absoluto corrompe absolutamente. Peor aún, esa perpetuación tiene consecuencias catastróficas en la conformación del Poder Legislativo, ya sea provincial o municipal, y en la designación y remoción de magistrados, que tarde o temprano terminan siendo apéndices del todopoderoso Ejecutivo. Así desaparece de hecho la separación de poderes.

La víctima no es una entelequia teórica. La víctima somos todos nosotros, los individuos, en cuya tutela y protección ha sido pensado el sistema republicano, para que nuestra libertad no sea socavada por un déspota.

Por ese cúmulo de verdades tan incuestionables como poco frecuentes en una sentencia, la conclusión del juez Rosenkantz coincide con la de los jueces Maqueda y Rosatti: debe rechazarse rotundamente cualquier clase de reelección indefinida, por más que esté permitida en la constitución provincial o en una ley, cada vez que alguien trate de burlar, torcer o forzar nuestro sistema republicano con artimañas.

Al fin, estamos llegando al futuro.

Abogado, consejero de la Magistratura de la Nación entre 2010 y 2014

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/ideas/la-constitucion-les-cerro-el-paso-a-lideres-eternos-nid10062023/

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