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Neuquén confirma que no acatará el decreto nacional que prohíbe cobrar tasas en las boletas de servicios.

A casi un mes de la puesta en vigencia de esta resolución, muchos municipios recurrieron a la justicia porque entienden, como Neuquén capital, que la medida atenta contra las autonomías.

Neuquén confirma que no acatará el decreto nacional que prohíbe cobrar tasas en las boletas de servicios.

A casi un mes de la puesta en vigencia de esta resolución, muchos municipios recurrieron a la justicia porque entienden, como Neuquén capital, que la medida atenta contra las autonomías.

La decisión del gobierno nacional de que los municipios del país no podrán incluir el cobro de tasas en las boletas de los servicios públicos no será acatada por la ciudad de Neuquén. Las razones en las que se basa el municipio capitalino es que la resolución que en su momento publicó la Secretaría de Comercio a comienzos del mes pasado atenta contra las autonomías y los contratos de concesión existentes, motivo por el cual muchas comunas de la provincia de Buenos Aires recurrieron a la justicia, logrando el aval a este reclamo.

“Además, si bien fue publicado en Boletín Oficial a la ciudad, nunca la notificaron”, se explicó desde el municipio de Neuquén.

La resolución de la polémica

Basándose en esto, la Secretaría de Industria y Comercio resolvió en el artículo primero de su resolución que “la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N.º 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

En el artículo segundo fijaba las sanciones por el incumplimiento de lo dispuesto y que la medida entraba en vigencia el miércoles 11 de septiembre, con un plazo de adecuación de 30 días.

Fuente: Lm Nqn

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