Rolando Figueroa mete presión para no quedar afuera de la privatización de las represas.
El gobernador mandó una carta a Nación recordándole que las provincias son las dueñas del recurso. Buscan que Neuquén sea parte de una comisión tripartita.
La provincia de Neuquén busca presionar para estar dentro del proceso de elaboración de pliegos para la privatización de las represas, que impulsa el gobierno de Javier Milei. Es una cruzada que viene desde hace dos años, y donde la provincia no puede aún formar parte de la mesa de decisiones, siendo la dueña del recurso natural.
Es así que el gobernador Rolando Figueroa reiteró este lunes por nota al secretario de Energía de la Nación, Eduardo Chirillo, el dominio de las jurisdicciones provinciales de los recursos hídricos.
En ese sentido, solicitó al organismo nacional la celebración de un acta acuerdo tripartita –Nación y provincias- con el objetivo de avanzar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones. De esta manera, Neuquén podría ser parte de la comisión que analice el concurso en las eventuales nuevas concesiones de generación de energía eléctrica.
Las represas de Neuquén serán privatizadas pero aún no están los pliegos licitatorios. Las provincias buscan ser parte del proceso.
Se trata de los complejos hidroeléctricos Chocón – Arroyito, Cerros Colorados, Piedra del Águila y Alicurá, que están emplazados en los ríos Limay y Neuquén, donde el gobierno nacional anunció un proceso de privatizaciones.
Neuquén, dueña del recurso
Rolando Figueroa resaltó la necesidad de participar -como estados provinciales- del proceso de concesión, prórroga y/o autorización relativa a la explotación de los mencionados complejos hidroeléctricos.
Se insistió en que las nuevas concesiones deberán adecuarse a las normativas de las provincias, Neuquén y Río Negro, relacionadas con el manejo y uso de las aguas y la protección del ambiente, “y cuyo dictado constituye una prerrogativa inalienable de las jurisdicciones provinciales titulares del dominio originario de los recursos hídricos involucrados a la luz del art. 124 de la Constitución Nacional, y concordantes de las Constituciones de las Provincias”.
Se solicitó además que, teniendo en cuenta que se encuentra en curso el plazo de 180 días corridos fijado para el llamado a concurso en el art. 6° del decreto, se brinde respuesta a la presente en el término de diez días corridos de recibido el pedido.
La nota a Eduardo Chirillo
En la nota a Chirillo, Figueroa expresó: “Reiteramos que las Provincias se reservan el derecho a iniciar, a la luz de los art. 121, 124 y ccs. de la Constitución Nacional y concordantes de las respectivas constituciones provinciales, las acciones judiciales correspondientes, incluyendo, sin limitación alguna, el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 6º, 11º y 14º y ccs. de la Ley 15.336; y de cualquier reglamento (incluido, sin limitación, el Decreto) y/o acto administrativo del Estado Nacional (incluyendo la SEN, ENARSA/o cualquier otra sociedad directa y/o indirectamente participada por cualquiera de esta últimas) que tenga por finalidad definir el destino de los recursos hídricos en la cuenca de los ríos Neuquén y Limay sin la participación ni consentimiento previo y expreso de las Provincias (que tienen el dominio y la jurisdicción correspondiente sobre sus recursos)”.
En el caso de las generadoras hidroeléctricas, la Nación es dueña de la infraestructura, con lo cual ostenta el poder de decidir el modelo de gestión con independencia de la postura de la provincia, a la que se le reconoce un canon por el uso del agua que es de su propiedad, pero sin ninguna participación en lo vinculado a la generación eléctrica, que depende exclusivamente de la decisión del gobierno nacional.
Fuente: lm nqn