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Qué medidas debería adoptar Neuquén según el decreto
Confluencia y Zapala se encuentran en estado de alarma sanitaria
El decreto presidencial establece medidas duras para los sectores de alarma sanitaria y aquellos en alto riesgo sanitario, determinando un confinamiento estricto en procura de ralentizar la curva COVID y aliviar el sistema de salud. La provincia de Neuquén, con un 100 por ciento de ocupación de camas, se encuentra en estado de alarma sanitaria en Confluencia y de alto riesgo en el resto del territorio provincial.
En tal sentido, de acuerdo al DNU, se deberia implementar medidas en los próximos nueve días adicionales, algunas de las cuales el Gobierno neuquino ya tomó de antemano como el cierre de clubes, teatros, cines y templos.
Aquí algunas de las medidas, además de la circulación restringida entre las 18 y las 6 de la mañana del día siguiente, que deberían regir en Neuquén, y que el Gobierno determinará si agregará alguna en las próximas horas:
-ACTIVIDADES ECONOMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES: Sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
- PERMANENCIA EN DOMICILIOS: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
- SALIDAS DE ESPARCIMIENTO: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
- ACTIVIDADES RECREATIVAS: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
- CIRCULACION: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
-GASTRONOMIA: Sólo mediante delivery y take away.
- TRANSPORTE PUBLICO: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1) , los casos especiales, atención de salud y vacunación.
- PERMISOS: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular (1) y (2), deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.