
Milei firmó un decreto para trasladar feriados que caen sábado o domingo.
El Decreto 614/2025 habilita a la Jefatura de Gabinete a mover los feriados de fin de semana al lunes siguiente o al viernes anterior. La medida ya rige tras su publicación en el Boletín Oficial.
El presidente Javier Milei firmó el Decreto 614/2025, que introduce cambios en la aplicación de los feriados nacionales trasladables.
Desde ahora, cuando un feriado coincida con sábado o domingo, podrá moverse al lunes siguiente o al viernes anterior, según lo disponga la Jefatura de Gabinete de Ministros, autoridad de aplicación de la Ley 27.399.
La medida busca garantizar que los días no laborables puedan ser efectivamente aprovechados por trabajadores y familias, y entró en vigencia este miércoles con su publicación en el Boletín Oficial.
Cómo se aplicará la nueva norma
Hasta ahora, la Ley 27.399 ya establecía que:
Los feriados que caen martes o miércoles se trasladan al lunes anterior.
Los que caen jueves o viernes pasan al lunes siguiente.
El nuevo decreto aclara qué ocurre cuando la fecha coincide con sábado o domingo, habilitando su traslado al lunes posterior o al viernes anterior, a fin de evitar la pérdida del descanso.
La decisión final quedará en manos de la Jefatura de Gabinete, que también podrá dictar normas complementarias para implementar la disposición.
Fundamentos legales
Según el Ejecutivo, el decreto resuelve un “vacío legal” respecto a los feriados de fin de semana. Además, recuerda la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que los decretos reglamentarios no deben modificar el espíritu de la ley, pero sí pueden precisar aspectos técnicos para cumplir con sus objetivos.
El Gobierno sostuvo que la norma se dicta en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente por el artículo 99 de la Constitución Nacional.