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VEDA ELECTORAL: Qué está prohibido hasta el domingo y cuáles son las multas.

Desde este viernes rige la veda electoral en todo el país. No se pueden hacer actos de campaña, difundir encuestas ni vender alcohol. Las sanciones van desde multas económicas hasta penas de prisión.

VEDA ELECTORAL: Qué está prohibido hasta el domingo y cuáles son las multas.

Desde este viernes rige la veda electoral en todo el país. No se pueden hacer actos de campaña, difundir encuestas ni vender alcohol. Las sanciones van desde multas económicas hasta penas de prisión.

Desde las 8 de la mañana de este viernes 24 de octubre comenzó a regir en todo el país la veda electoral, el período de 48 horas previo a las elecciones generales del domingo. Durante este tiempo, la ley busca que los ciudadanos puedan reflexionar su voto sin presiones políticas, publicitarias o partidarias.

La veda se extenderá hasta el domingo a las 21, es decir, tres horas después del cierre de los comicios. Durante este lapso, tanto candidatos, partidos políticos, medios de comunicación como ciudadanos deben respetar las limitaciones previstas en el Código Electoral Nacional.

Qué no se puede hacer durante la veda electoral

El artículo 71 del Código Electoral establece una serie de prohibiciones que buscan garantizar la transparencia y tranquilidad del proceso electoral:

  • Realizar reuniones de electores durante las horas de votación.
  • Organizar espectáculos públicos, fiestas teatrales, deportivas o reuniones masivas.
  • Vender bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado hasta tres horas después del cierre de los comicios.
  • Portar armas, banderas o distintivos partidarios durante el día de la elección.
  • Difundir encuestas o sondeos electorales desde 48 horas antes del inicio de la votación y hasta su finalización.
  • Sacar fotos o filmar la boleta durante el acto electoral.

Las reuniones privadas sí están permitidas, siempre que no se incluyan mensajes políticos o proselitistas. Tampoco hay restricciones para circular ni para el funcionamiento de comercios que no estén comprendidos en las prohibiciones.

Multas y sanciones por romper la veda

El incumplimiento de la veda puede derivar en multas, sanciones judiciales e incluso penas de prisión, según la gravedad del caso.

  • Prisión de 15 días a 6 meses para quienes vendan bebidas alcohólicas durante el período prohibido.
  • Misma pena para organizadores de espectáculos públicos o deportivos durante la veda.
  • De 2 meses a 2 años de prisión a quien induzca a otro a votar de determinada forma.
  • Hasta 3 años de prisión para quien viole el secreto del voto.
  • Multas de entre $10.000 y $100.000 para quienes realicen actos de campaña o difundan encuestas durante la veda.

Además, los medios de comunicación pueden informar sobre los candidatos y las elecciones, pero no difundir encuestas ni resultados parciales, ya que la ley lo prohíbe expresamente.

La veda electoral busca asegurar un clima de serenidad antes de los comicios, evitando presiones externas sobre los votantes y garantizando un proceso democrático transparente.

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