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“Lawfare”, esa criatura mitológica puesta al servicio del “relato”

La teoría lawfarista se afana en tratar de explicar académicamente el hecho de que determinados políticos hayan resultado acusados penalmente por diferentes motivos, y dar respuesta a cuándo, q...

La teoría lawfarista se afana en tratar de explicar académicamente el hecho de que determinados políticos hayan resultado acusados penalmente por diferentes motivos, y dar respuesta a cuándo, quiénes, cómo, por qué y para qué lo hacen.

Los autores lawfaristas proponen una hipótesis, según la cual por medio de este inusual tipo de “guerra no convencional” los intereses económico-financieros y geopolíticos y los factores de poder dominantes, para hacerse con nuestros recursos naturales, dirigidos por Estados Unidos y el imperialismo, desde afuera, y por opositores políticos, desde adentro, en connivencia con los medios de comunicación calificados de hegemónicos y el Poder Judicial asimilado a un “partido”, utilizando la “corrupción” para difamar y formular imputaciones penales que no serían tales, persiguieron y persiguen –para inhabilitarlos– a los que ellos denominan “dirigentes populares”.

En primer lugar, hay que decir que todos los lawfaristas, sean locales o foráneos, o poseen intereses personales propios evidentemente encadenados a las figuras que pretenden proteger con su tesis, o son auténticos militantes (e incluso ex o actuales funcionarios) del sector político o partido al que pertenecen las personas que se dicen víctimas del lawfare, por lo que su teoría “académica” posee un sesgo político e ideológico tan grande que los hace incurrir en contradicciones y abdicaciones frente a los hechos; tan serias, esas contradicciones y abdicaciones, que la teoría no llega a reunir signos de cientificidad.

Cuando uno compara cada una de las premisas de su tesis con los hechos, encuentra que todas carecen de sustento en la realidad. No se trata de definir si son falsas o no, directamente son inexistentes: igual que los unicornios y los dragones, criaturas míticas.

La negación pura y dura de la existencia de lawfare proviene del mismísimo Ministerio de Defensa de la Nación que, al 30/05/23, ha informado: “No existen registros… de alguna hipótesis de conflicto no convencional o guerra híbrida” (cfr. nota de ese ministerio NO-2023-61686515-APN-SSAI#MD).

Tampoco hay datos oficiales de riesgo para los “recursos naturales de nuestro país”, que conforman el “patrimonio de todos los argentinos y argentinas”: “No existen al día de la fecha hipótesis de conflicto o amenaza con ningún país del mundo por el control de dichos recursos” (ídem).

La enemistad beligerante con Norteamérica es otra fantasía lírica: “La República Argentina mantiene con los Estados Unidos de América un activo vínculo de cooperación bilateral en materia de defensa. No existen al día de la fecha registros de hipótesis de conflicto con los Estados Unidos ni con ningún otro país del mundo” (ídem).

Carece de todo sustento afirmar que existe un conflicto de tipo bélico o fuera de los canales naturales propios de cada tipo de relación, entre las alegadas víctimas del lawfare con la oposición política en el país, con la prensa y con el Poder Judicial. En palabras del Ministerio de Defensa de la Nación: “No existe en este ministerio ningún registro, al día de la fecha, de alguna hipótesis de conflicto interno” (ídem).

No se ajusta a la realidad que las denominadas víctimas del lawfare enfrenten imputaciones políticas que no son penales. Tenemos perfectamente claro (y así lo he manifestado en un artículo jurídico: “Corrupción: abordajes mínimos bajo una mirada actual”: La Ley, 2021) que no todos los actos de corrupción son delito, que no existe un delito de “corrupción” propiamente dicho, y que el hecho de que un acto de corrupción sea ilegal desde el punto de vista penal depende, estrictamente, del tratamiento que el sistema punitivo establezca. Pero de la misma manera, somos conscientes de que no se puede bastardear ni banalizar el concepto en pos de deslegitimar, por conveniencia política, acusaciones serias, bien sustentadas y adecuadamente encuadradas en tipos penales que sí existen y que el lenguaje popular y periodístico, y hasta los estudios jurídico-técnicos que se ocupan del tema con rigor académico, asimilan –sin mediaciones terminológicas ni tecnicismos vacuos– a la simple y llana “corrupción”, que es como todo el mundo la conoce.

Para cerrar, carece de asidero la proposición que define la finalidad persecutoria de todas las demás premisas, por el simple hecho que la República Argentina “no registra, al día de la fecha, hipótesis de conflicto contra ningún individuo ni líder político de ningún país del mundo” (ídem), lo que incluye a todos, cualesquiera sean las características de su liderazgo, partido político, ideología o metodología.

En conclusión, desde el punto de vista jurídico, cada una de las variables de la tesis lawfariana resulta desmentida por la propia información pública que ofrece el específico organismo encargado de la defensa nacional (del propio gobierno que fomenta la creencia en el lawfare). Por si alguna duda cabe, y más allá de que resulte contradictorio en relación con el discurso que transmiten otras esferas ministeriales, el Gobierno ha sido lapidario: “Al día de la fecha no se registran en este ministerio hipótesis de conflicto vinculadas a la llamada ‘guerra jurídica’ o ‘lawfare’” (entrecomillado en el original, cfr. nota NO-2023-61686515-APN-SSAI#MD antes citada).

En vista de eso, todo parece señalar que el objetivo real del lawfarismo es dar credibilidad y sustento a la estrategia de los abogados a cargo de las defensas técnicas de los políticos que se identifican como víctimas del lawfare en los procesos judiciales que enfrentan.

Si está bien o mal, no me corresponde a mí decirlo. Lo que no se puede es violar el “principio de neutralidad” del Estado (fallos: 343:1389, entre otros) y utilizar a este como plataforma para instalar en la sociedad un determinado concepto de nula realidad (el lawfare) con intenciones amañadas y, peor, con un propósito estratégico personalizado que, en definitiva, afecta las bases mismas de la sociedad organizada, al conspirar contra dos instituciones basales de la república democrática, como ha sostenido la Corte Suprema: la prensa, condición necesaria para la existencia de un gobierno libre (fallos: 320: 1272, entre otros), y la Justicia, entronizada por el Preámbulo de la Constitución Nacional y entendida como valor no solo individual, sino también colectivo (fallos: 344: 3368).

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/opinion/lawfare-esa-criatura-mitologica-puesta-al-servicio-del-relato-nid13062023/

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